Darse de alta como tatuador autónomo: guía del primer año

6 de septiembre de 2026 · Equipo Teser

Te han llamado para tu primer tatuaje pagado y no sabes si puedes cobrarlo en negro "por ahora" o si eso te va a explotar en la cara en seis meses. La respuesta corta: no puedes, y si lo haces, el riesgo no compensa. Vamos a lo concreto: qué epígrafe usar, cuánto vas a pagar cada mes, cómo facturar y qué obligaciones te caen encima en tu primer año como tatuador autónomo en España.

Qué epígrafe usar y por qué importa

El tatuaje no tiene un epígrafe propio y exclusivo en el IAE, así que la mayoría de gestorías te dan de alta en el 665 (comercio al por menor fuera de establecimiento) si trabajas de forma itinerante, o más habitualmente en el 972.1 (servicios de peluquería y otros tratamientos de belleza), que es el que Hacienda suele aceptar sin problemas para tatuaje y micropigmentación al tener local fijo. Algunas gestorías usan el 665.9 o el 849.9 (otros servicios independientes) dependiendo de cómo interpreten tu actividad.

Aquí no hay una respuesta única y eso es un problema real: si tu gestoría elige mal el epígrafe, puede afectar al tipo de IVA que aplicas o a si estás exento de él. En 2026, el criterio que ha ido consolidándose es tratar el tatuaje como un servicio sujeto a IVA general (21%), no como actividad sanitaria exenta. La micropigmentación puede generar dudas si se hace desde un enfoque más clínico, pero en la práctica, si no eres personal sanitario colegiado prestando un servicio médico, Hacienda te va a aplicar IVA igual.

Consejo práctico: pide a tu gestoría que te confirme por escrito el epígrafe elegido y el motivo. Si en una inspección Hacienda no está de acuerdo con la calificación, el problema es tuyo, no de quien te asesoró de palabra.

Cuánto vas a pagar de cuota cada mes

Aquí está la parte que más preguntas genera. Si es tu primera vez como autónomo, tienes derecho a la tarifa plana: en 2026 son 80 euros al mes durante los primeros 12 meses, ampliables a otros 12 si tus rendimientos netos quedan por debajo del SMI. Pasado ese periodo, entras en el sistema de cotización por tramos de ingresos reales, que va desde poco más de 200 euros al mes para los tramos más bajos hasta más de 500 euros si facturas bien.

El error típico del primer año: elegir la base mínima sin mirar cuánto vas a facturar realmente. Si acabas de abrir agenda y ya tienes sesiones reservadas para los próximos tres meses a 300-400 euros la sesión, es fácil que tus rendimientos netos superen el tramo que creías. La Seguridad Social regulariza a final de año según tus ingresos reales, y si te has quedado corto, te llega una liquidación complementaria que nadie quiere ver en enero.

Regla simple: revisa tu previsión de ingresos cada trimestre y ajusta la base de cotización si ves que te vas a otro tramo. Se puede cambiar hasta seis veces al año.

Facturar: qué tiene que llevar cada factura

Cada tatuaje o sesión de micropigmentación que cobres necesita una factura, aunque el cliente no la pida. No es opcional, es la obligación básica del alta. Una factura válida lleva:

  • Tu nombre completo y NIF (o el de tu razón social si facturas como profesional con nombre comercial).
  • Número de factura correlativo, sin saltos.
  • Fecha de emisión.
  • Descripción del servicio: "sesión de tatuaje" o "sesión de micropigmentación de cejas", con la fecha de realización si es distinta a la de facturación.
  • Base imponible, IVA (21% en la mayoría de casos) y total.
  • Si factura a otra empresa (por ejemplo alquilas cabina y facturas al estudio como colaborador), hay que aplicar retención de IRPF, normalmente el 15%, o el 7% si estás en tus primeros tres años de actividad.

Si trabajas con Teser o cualquier software de gestión, la factura se genera sola en el momento de cerrar la cita, lo cual evita el clásico "ya la hago luego" que termina en veinte facturas pendientes en diciembre.

Modelos trimestrales y declaración de la renta: las fechas que no puedes fallar

Este es el calendario real de tu primer año:

  • Modelo 130 (pago fraccionado de IRPF): trimestral, el 20% de tu beneficio neto del trimestre menos lo ya retenido. Se presenta en enero, abril, julio y octubre.
  • Modelo 303 (IVA): trimestral también, mismas fechas. Aquí declaras el IVA repercutido en tus facturas menos el IVA soportado en tus compras (agujas, tintas, camillas, alquiler si te lo facturan con IVA).
  • Modelo 390: resumen anual de IVA, en enero del año siguiente.
  • Declaración de la renta: en mayo-junio, donde se regulariza todo lo pagado por el 130.

El fallo más común del primer año no es no saber que existen estos modelos, es no guardar los tickets y facturas de gastos deducibles: material, formación, seguro de responsabilidad civil, cuota de gremio si perteneces a alguno, parte proporcional del alquiler si trabajas desde casa. Cada gasto no justificado es dinero que pagas de más en el 130 y en la renta.

Qué pasa si tatúas sin estar dado de alta

Es tentador empezar cobrando en efectivo mientras "ves si esto funciona". El problema es que Hacienda cruza datos: si tienes presencia en Instagram con precios, si cobras por Bizum de forma repetida a distintas personas, o si algún cliente pide factura y tú no puedes emitirla, el rastro queda. Las sanciones por actividad no declarada pueden incluir el pago retroactivo de cuotas de autónomo con recargo, más la sanción de Hacienda por ingresos no declarados, que puede superar el 100% de la cuota defraudada en casos graves.

Además, sin alta no tienes cobertura de mutua si te haces un pinchazo accidental o desarrollas un problema de espalda por las horas de pie, y no puedes contratar un seguro de responsabilidad civil profesional serio, que es justo el que te cubre si un cliente reclama por una reacción alérgica o una infección.

El resumen que te llevas

Darse de alta bien el primer día te ahorra sustos en el segundo año: elige el epígrafe con tu gestoría y pide que te lo justifiquen, ajusta la base de cotización a tu facturación real cada trimestre, factura cada sesión sin excepción y guarda cada gasto deducible desde el primer mes. Nada de esto es complicado si lo llevas al día; se complica cuando se acumula.

Si además de la parte fiscal quieres tener la agenda, los cobros y la facturación de tus sesiones en un solo sitio sin depender de hojas sueltas, herramientas como Teser están pensadas para llevar ese día a día del estudio de forma ordenada.


Foto de portada de Vitaly Gariev en Unsplash.

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